A los Estados miembros se les recomienda levantar la restricción temporal a personas a las que se haya administrado un inoculante autorizado por la UE o la Organización Mundial de la Salud (OMS), siempre que hayan recibido la última dosis al menos 14 días y no más de 270 días antes de su llegada o hayan recibido una dosis de refuerzo.
Ese listado incluye la vacuna Covaxin del laboratorio indio Bharat Biontech, Covovax, producida por el Serum Institute of India bajo licencia del estadounidense Novovax; Pfizer/BioNTech; Moderna; AstraZeneca (también su versión fabricada en India bajo el nombre Covishield), Johnson&Johnson, Sinopharm, Sinovac y Novavax.
También se autorizan los viajes no esenciales de extracomunitarios que se hayan recuperado de la Covid-19 o que viajen desde un país que figure en la lista comunitaria.
En virtud de esta recomendación, las restricciones relacionadas con la Covid-19 deben aplicarse teniendo en cuenta tanto la situación en el tercer país como la individual de la persona y, en algunos casos, los viajeros podrían estar sujetos a medidas adicionales antes de viajar, como la realización de una prueba PCR.
La recomendación indica que a las personas a las que se ha administrado una vacuna autorizada por la OMS, los Estados miembros también podrían exigir una prueba PCR negativa y aplicar medidas adicionales como cuarentena o aislamiento, indicó la Comisión Europea en un comunicado.
También se podría pedir una prueba PCR negativa antes de la salida a los individuos que se hayan recuperado de la enfermedad, así como a aquellos a los que se les haya administrado una vacuna autorizada pero que no sean titulares de un certificado de la UE o equivalente, informó el diario español El Periódico.
Por otra parte, la UE actualizó el umbral de casos que hace que se levanten las restricciones a los viajeros de un tercer país.
En adelante, el número de casos de COVID-19 por cada 100.000 habitantes durante los últimos 14 días se elevará de 75 a 100, mientras que la tasa de prueba semanal realizada por cada 100.000 habitantes aumenta de 300 a 600.
La recomendación del Consejo Europea no es vinculante y las autoridades de los Estados miembros son los responsables últimos de aplicar o no su contenido.